1. Introducción

La presente Política de Operaciones de Seguridad tiene como objetivo establecer los principios, directrices y procedimientos que regirán las actividades de seguridad en ATLANTISEGUR. Esta política asegura que nuestras operaciones de seguridad sean realizadas de manera profesional, ética y en pleno respeto de los derechos humanos, cumpliendo con las normativas locales e internacionales aplicables.

2. Alcance

Esta política es aplicable a todos los empleados, contratistas, subcontratistas y asociados que desempeñan funciones de seguridad dentro de ATLANTISEGUR. También se extiende a todas las ubicaciones donde la empresa opera, incluyendo oficinas, instalaciones, y cualquier otro lugar donde se proporcionen servicios de seguridad.

3. Principios Generales

  • Respeto a los Derechos Humanos: Todas las actividades de seguridad se llevarán a cabo respetando los derechos humanos y la dignidad de todas las personas con las que interactuamos.
  • Legalidad: Nuestras operaciones de seguridad cumplirán con todas las leyes, regulaciones y normativas aplicables a nivel local, nacional e internacional.
  • Proporcionalidad: El uso de la fuerza por parte de nuestro personal de seguridad será siempre el mínimo necesario para resolver una situación, asegurando que cualquier intervención sea proporcional al riesgo o amenaza enfrentada.
  • Rendición de Cuentas: Implementamos mecanismos efectivos de monitoreo y supervisión para asegurar la rendición de cuentas en todas nuestras operaciones de seguridad.

4. Normas de Conducta

  • Profesionalidad: El personal de seguridad deberá actuar de manera profesional, mostrando integridad y respeto en todas sus interacciones.
  • No Discriminación: Se prohíbe cualquier forma de discriminación basada en raza, género, religión, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra característica protegida.
  • Confidencialidad: Toda la información obtenida durante las operaciones de seguridad será tratada de manera confidencial y será utilizada exclusivamente para los fines autorizados.
  • Uso de la Fuerza: El uso de la fuerza solo está permitido cuando es absolutamente necesario y debe ser siempre proporcional a la amenaza. Se dará prioridad a la resolución pacífica de los conflictos.

5. Procesos y Procedimientos

  • Capacitación: Todo el personal de seguridad recibirá capacitación regular en derechos humanos, resolución de conflictos, manejo de crisis, y uso apropiado de la fuerza. También se incluirán módulos sobre las normativas legales aplicables.
  • Monitoreo y Evaluación: Se implementarán mecanismos para el monitoreo continuo de las operaciones de seguridad, incluyendo la supervisión en tiempo real y auditorías periódicas. Cualquier incidente deberá ser registrado y evaluado para determinar si se requiere alguna acción correctiva.
  • Manejo de Incidentes: En caso de que ocurra un incidente de seguridad, se deberá seguir un protocolo de respuesta que incluya la evaluación de la situación, la intervención adecuada, y la posterior documentación y reporte del incidente.
  • Relaciones con la Comunidad: El personal de seguridad deberá mantener relaciones positivas con la comunidad, actuando de manera que se promueva la confianza y la cooperación mutua.

6. Quejas y Reparaciones

  • Mecanismo de Quejas: Se establecerá un mecanismo accesible y transparente para que empleados, clientes y miembros de la comunidad puedan presentar quejas relacionadas con las operaciones de seguridad. Todas las quejas serán investigadas de manera imparcial y se tomarán medidas correctivas cuando sea necesario.
  • Reparación: Si se determina que ha habido una violación de derechos humanos o una mala conducta por parte de nuestro personal de seguridad, la empresa se compromete a proporcionar una reparación adecuada a las personas afectadas.

7. Implementación y Revisión

  • Implementación: Esta política será implementada a través de la difusión interna, capacitación y la integración en todos los procesos y operaciones de seguridad.
  • Revisión: La presente política será revisada anualmente, o cuando sea necesario, para asegurar su relevancia y efectividad en el cumplimiento de sus objetivos.

8. Heading

Esta política entra en vigor a partir de la fecha de su aprobación y deberá ser cumplida por todos los miembros de ATLANTISEGUR.

José Manuel Paris Figueras

Administrador
ATLANTISEGUR
En Puerto del Rosario a 26 de Agosto de 2024

El presente código ético de ATLANTISEGUR comprende los principios éticos fundamentales para las operaciones de seguridad desempeñadas por la Organización y su función es asegurar que durante dichas operaciones se mantengan altos estándares de conducta, protegiendo tanto a los clientes como a la comunidad en general, y contribuyendo a la paz y la seguridad general.

Este código ético, sus procedimientos de conducta y normas de comportamiento deben ser seguidos por todos los miembros de la Organización para asegurar que las operaciones se realicen de manera profesional, respetando los derechos humanos, las leyes y las normas internacionales.

El código ético de ATLANTISEGUR se centra en los siguientes principios:

  1. Respeto a los Derechos Humanos: durante las operaciones de seguridad privada se garantizará el respeto a los derechos humanos, tal como se definen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Esto incluye la protección contra abusos y violaciones de derechos de libertad, integridad y seguridad personal, el trato justo de todas las personas, la no violación de la privacidad, y la no participación en actos de tortura, tratos inhumanos o degradantes.
  2. Cumplimiento de la Ley: Las operaciones de seguridad se ejecutarán bajo el estricto cumplimiento de todas las leyes y regulaciones aplicables, tanto a nivel local como internacional. Esto incluye leyes laborales, normas de salud y seguridad.
  3. Profesionalidad: Los trabajadores de servicios de seguridad deberán actuar con el más alto nivel de profesionalidad. Esto implica mantener la confidencialidad, la integridad, y actuar en el mejor interés de los clientes y de la comunidad en general.
  4. Responsabilidad: La organización velará porque se ejecuten las operaciones de una manera responsable y justa. Se establecerán mecanismos para monitorear y evaluar el cumplimiento de las políticas y procedimientos, y tomar medidas correctivas en caso de incumplimiento.
  5. No Discriminación: Las operaciones de seguridad se llevarán a cabo sin discriminación basada en raza, color, sexo, religión, opinión política, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otro estatus.
  6. Transparencia y Rendición de Cuentas: La organización velará porque se ejecuten las operaciones de manera transparente, proporcionando información clara y precisa sobre sus operaciones y manteniendo registros e informes detallados. Además, debe existir siempre la disposición de rendir cuentas de las acciones ante los clientes, el público, y las autoridades.
  7. Cultura de prevención y cumplimiento: La organización fomenta las conductas preventivas, identificando adecuadamente las actividades dentro de cuyo ámbito puedan ser cometidas infracciones e impulsando un comportamiento proactivo y responsable de todas las partes interesadas. La empresa difundirá entre todos sus miembros las consecuencias de las infracciones del código ético, así como en su caso, las sanciones disciplinarias que se establezcan, de acuerdo con la normativa laboral aplicable y con pleno respeto de los derechos de las personas investigadas.
  8. Mecanismos de Denuncia: ATLANTISEGUR comunica la obligación de las partes interesadas de la empresa de informar sobre hechos o conductas sospechosas o reportar violaciones al código de conducta través del Canal de Denuncias habilitado para tal fin y prohíbe cualquier tipo de represalia contra los que realicen comunicaciones de buena fe y sobre la base de indicios razonables, tanto internamente como externamente, a las autoridades competentes.
  9. Capacitación Continua: la Organización procurará que todos los empleados reciban formación regular sobre estos procedimientos, normas y códigos, para asegurar su comprensión y aplicación efectiva.
  10. Prohibición de delitos: La organización prohíbe y velará por evitar el soborno, los conflictos de intereses, la corrupción y otros delitos (por ejemplo, el uso de sustancias legales o ilegales que repercutan en el rendimiento) en sus instalaciones y que ocurran durante las actividades ejecutadas, teniendo estos comportamientos severas consecuencias y sanciones.
  11. Proporcionalidad en el Uso de la Fuerza: Cuando sea necesario el uso de la fuerza, ésta deberá ser proporcional a la amenaza y deberá ser utilizada como último recurso. En respuesta a amenazas que no supongan un peligro inminente de muerte o de lesiones corporales graves, puede recurrirse a un menor grado de fuerza (“fuerza menos letal”). Estas opciones van desde la presencia física hasta el uso de armas como porras y dispositivos de descarga neural (por ejemplo, Taser), pasando por medidas intermedias.
    Cabe recordar que, independientemente de la intención, cualquier uso de la fuerza puede provocar lesiones graves no intencionadas o la muerte. El riesgo de efectos letales involuntarios aumenta con la complejidad y eficacia del dispositivo y disminuye con el nivel de formación y competencia del trabajador y de quienes dirigen el uso de la fuerza.
    La fuerza letal sólo está justificada en condiciones de extrema necesidad y como último recurso cuando todos los medios menores han fracasado, o es probable que fracasen o no pueden emplearse razonablemente. La fuerza letal sólo debe emplearse en defensa propia o en defensa de terceros frente a una amenaza letal inminente, o cuando sea razonable y necesaria para impedir la comisión de un delito grave que entrañe una grave amenaza para la vida o lesiones corporales graves. Los principios de aplicación general asociados al uso de la fuerza incluyen:

    • el uso de la fuerza sólo en defensa propia o de terceros, o para restringir el acceso a determinados bienes o impedir su destrucción;
    • limitar el uso de la fuerza a lo necesario y razonable para anular la amenaza;
    • el uso de fuerza letal sólo en defensa propia o de terceros ante una amenaza inminente de muerte o lesiones corporales graves y cuando no exista otra alternativa razonable disponible;
    • restricción de participar en funciones exclusivamente militares, como operaciones de combate, operaciones similares a las de combate, operaciones de acordonamiento y búsqueda u operaciones ofensivas, solo o en conjunción con las fuerzas armadas de un Estado.
  12. Monitoreo y Evaluación: La organización establecerá mecanismos para monitorear el cumplimiento de estos procedimientos y normas, incluyendo auditorías internas y externas. También se implementarán sistemas para evaluar y revisar el código de conducta ética de manera regular, asegurando su actualización en función de cambios en la legislación o en el entorno operativo.

La finalidad de esta Política es formalizar el compromiso de ATLANTISEGUR con los derechos humanos reconocidos en la legislación nacional e internacional, así como definir los principios que serán de aplicación para la debida diligencia en materia de Derechos Humanos, de conformidad con los Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas, el cumplimiento y el respeto de las normas laborales de la Organización Internacional del Trabajo, como marco de legislación laboral mínimo y de obligado cumplimiento en toda nuestra cadena de suministro, el respeto y cumplimiento con las legislaciones y normativas nacionales, como las legislaciones y directrices de la Unión Europea, y el propio código ético de ATLANTISEGUR.les e internacionales aplicables.

La presente política es de aplicación a todas las personas que integran ATLANTISEGUR, tanto al personal directivo como a toda la plantilla.

Desde ATLANTISEGUR promovemos el respeto de los Derechos Humanos y a trabajar de manera proactiva para conseguir este objetivo. Este compromiso supone evitar o, en su caso, mitigar, las consecuencias negativas sobre los Derechos Humanos de sus propias actividades.

Asimismo, se hará todo lo posible para prevenir o mitigar las consecuencias negativas sobre los Derechos Humanos directamente relacionadas con las actividades de terceros con los que ATLANTISEGUR mantiene relaciones comerciales.

Esta Política se inspira en las siguientes declaraciones internacionales:

  • La Carta Internacional de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que incluye; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
  • Los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, así como la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
  • Los 1O Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas.
  • Los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas.
  • Las Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para Empresas Multinacionales.

En ATLANTISEGUR apoyamos y respetamos la protección de los Derechos Humanos fundamentales, por ello:

  • Abogamos por condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables de todas las personas que forman ATLANTISEGUR.
  • Rechazamos expresamente las condiciones laborales en régimen de esclavitud, el trabajo forzoso o realizado bajo cualquier forma de coacción.
  • Repudiamos expresamente la utilización de mano de obra infantil y luchamos contra su total erradicación.
  • Avanzamos en la construcción de una plantilla de trabajo diversa, promoviendo la inclusión de todas las personas y fomentando la participación en los grupos de trabajo.
  • Apostamos por la Igualdad de oportunidades laborales, de promoción, salariales y formativas, de todas las personas, y rechazamos cualquier forma de discriminación de las personas, por razones de diversidad identitaria o de tipo cognitivo.
  • Apostamos por la formación de las personas, todos los empleados deben participar de manera activa en los planes de formación que ATLANTISEGUR pone a su disposición, implicándose en su propio desarrollo y comprometiéndose a mantener actualizados los conocimientos y competencias necesarias, con el fin de propiciar su progreso profesional y aportar valor a los clientes así como a la sociedad en general.
  • El pilar fundamental, es el diálogo entre compañeros y actuar de forma imparcial y desde el respeto mutuo en sus relaciones interpersonales.
  • Fomentamos la libre asociación de las personas y el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores, en la mejor defensa de sus intereses.

La Política de Derechos Humanos de ATLANTISEGUR será revisada y actualizada cuando proceda, con el fin de adaptarla a los cambios que puedan surgir
en el modelo de negocio o en el contexto donde opere, garantizando en todo momento su efectiva implantación, así como todos los empleados de ATLANTISEGUR cuentan con una copia de la misma, encontrándose siempre disponible en la INTRANET.

En ATLANTISEGUR reconocemos la importancia fundamental de los derechos humanos y nos comprometemos a respetarlos en todas nuestras operaciones y actividades. Esta declaración establece nuestro firme compromiso de alinear nuestras prácticas empresariales con los principios reconocidos internacionalmente en normativas y estándares pertinentes

Por ello, se tienen en cuenta las disposiciones reflejadas tanto en nuestro Sistema de Operaciones de Seguridad Privada como en las siguientes:

  • Código Internacional de Conducta para Proveedores de Servicios de Seguridad Privada.
  • Documento de Montreux sobre obligaciones jurídicas internacionales pertinentes y buenas prácticas para los Estados en relación con las operaciones de las empresas militares y de seguridad privada durante los conflictos armados.
  • Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos; Aplicación del Marco de las Naciones Unidas para «Proteger, Respetar y Remediar» 2011.
  • Cualquier otro compromiso aplicable en materia de derechos humanos reconocido internacionalmente (por ejemplo, los Principios Voluntarios de Seguridad y Derechos Humanos).

Compromisos Clave:

  1. Respeto por la Dignidad Humana:
    Respetamos la dignidad inherente a todas las personas y nos comprometemos a garantizar que nuestras acciones no contribuyan, directa o indirectamente, a la violación de los derechos humanos.
  2. Prohibición de la Discriminación:
    Rechazamos toda forma de discriminación, ya sea por razones de raza, género, religión, orientación sexual, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra condición, y garantizamos la igualdad de trato y oportunidades para todos nuestros empleados, clientes y partes interesadas.
  3. Condiciones Laborales Justas:
    Nos comprometemos a proporcionar condiciones laborales seguras y saludables, a respetar el derecho de nuestros empleados a una compensación justa, y a proteger sus derechos de libertad de asociación y negociación colectiva.
  4. Rechazo de la Violencia y el Abuso:
    Nos oponemos firmemente a cualquier forma de violencia, acoso o abuso en nuestras operaciones y adoptamos medidas proactivas para prevenir y abordar tales conductas.
  5. Protección de la Privacidad:
    Respetamos el derecho a la privacidad de nuestros empleados, clientes y socios comerciales, y manejamos toda la información personal con el más alto grado de confidencialidad y seguridad.
  6. Responsabilidad en la Cadena de Suministro:
    Nos aseguramos de que nuestros proveedores y socios comerciales también se adhieran a los principios de respeto a los derechos humanos, y realizamos evaluaciones periódicas para garantizar el cumplimiento en toda nuestra cadena de suministro.
  7. Remediación y Acceso a Reparaciones:
    Mantenemos mecanismos transparentes y accesibles para que cualquier persona afectada por nuestras operaciones pueda presentar quejas o preocupaciones, y nos comprometemos a tomar las acciones correctivas necesarias para remediar cualquier violación que se identifique.
  8. Capacitación y Sensibilización:
    Proporcionamos formación continua a nuestros empleados sobre la importancia de los derechos humanos y las prácticas necesarias para garantizar su respeto en todas nuestras actividades.
  9. Supervisión y Mejora Continua:
    Nos comprometemos a revisar y mejorar continuamente nuestras políticas y prácticas relacionadas con los derechos humanos, basándonos en los comentarios de nuestras partes interesadas y en la evolución de las normativas internacionales. Además, llevaremos a cabo auditorías internas y externas para asegurar el cumplimiento de estos compromisos.

Esta declaración será comunicada a todos los empleados, socios comerciales y partes interesadas, y estará disponible públicamente para garantizar la transparencia de nuestro compromiso con los derechos humanos.

ATLANTISEGUR empresa dedicada a proporcionar servicios de vigilancia y protección de bienes y personas, dirige sus esfuerzos en conocer y satisfacer las necesidades y expectativas de nuestros clientes y de la sociedad.

Con tal fin, ATLANTISEGUR se fundamenta en unos pilares básicos, donde la implicación del personal es total para que sus servicios ofertados se realicen con la máxima calidad, el establecimiento de un compromiso firme de adoptar una actitud responsable con el medio ambiente, y promocionar la mejora continua en las condiciones de trabajo, con el fin de elevar los niveles de seguridad, salud y bienestar de los trabajadores.

Por ello, ATLANTISEGUR manifiesta su firme propósito de implantar y mantener actualizado un Sistema de Gestión de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad y Salud de los Trabajadores basado en las directrices de la Norma Internacional UNE EN ISO 9001UNE EN ISO 14001UNE EN ISO 45001, en vigor, ajustado a las necesidades de la organización desarrollado en las siguientes directrices:

  • Cumplimiento de los requisitos legales y otros requisitos aplicables, así como requisitos que la organización suscriba, además de los compromisos adquiridos con los clientes y con la Sociedad.
  • Apoyo incondicional de la Dirección a la evolución y mejora del Sistema Integrado de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad.
  • Mantener siempre el compromiso de Mejora Continua de la empresa en sus actuaciones relacionadas con la Calidad, con la prevención de la contaminación del Medio Ambiente y la prevención de riesgos laborales, planteando objetivos que aporten valor añadido a nuestros procesos.
  • Garantizar la participación e información del total de la plantilla de la empresa y hacer efectivo el derecho de consulta de los trabajadores.
  • Compromiso para eliminar los peligros y reducir los riesgos para la prevención de riesgos laborales.
  • Aumento de la concienciación ambiental de nuestros clientes y de la sociedad, mediante asesoramiento y formación en temas ambientales para la prevención de la contaminación.
  • Uso sostenible de recursos para la protección del medio ambiente.
  • Integrar a nuestros proveedores en el compromiso activo de la mejora de las condiciones de trabajo.

La Dirección de ATLANTISEGUR establece las medidas necesarias para asegurar que la presente Política es difundida a todas las áreas de la empresa, es entendida, se revisa y se mantiene al día.

Vecindario, a 1,1 de Diciembre de 2023

ATLANTISEGUR S.L. tiene el convencimiento de que la Seguridad de la Información es un factor clave para el correcto desarrollo de ATLANTISEGUR S.L. Considera que, junto con la dotación de formación y recursos necesarios para el desarrollo de la actividad, son los principales pilares para ofrecer a los clientes servicios con la calidad adecuada.

ATLANTISEGUR S.L. reconoce la importancia de garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información, también conocida como la triada CIA. Estos principios se definen de la siguiente manera:

  • Confidencialidad: ATLANTISEGUR S.L. se compromete a proteger la información de acceso no autorizado, asegurando que solo las personas autorizadas tengan acceso a la información relevante para llevar a cabo sus funciones.
  • Integridad: ATLANTISEGUR S.L. se compromete a salvaguardar la precisión y la integridad de la información, evitando la alteración, destrucción o modificación no autorizada de la misma.
  • Disponibilidad: ATLANTISEGUR S.L. se compromete a asegurar que la información esté disponible y sea accesible cuando sea requerida por los usuarios autorizados, evitando interrupciones no planificadas y minimizando los tiempos de inactividad.

El Sistema de Gestión de Seguridad de la Información tiene como objetivos:

  • Asegurar el cumplimiento de la legislación, reglamentación y normativas aplicables, así como todos aquellos requisitos que ATLANTISEGUR S.L. considere oportuno para conseguir una mejora continua.
  • Ofrecer servicios con un nivel de seguridad que satisfaga y supere las necesidades de nuestros clientes.
  • La formación del personal conforme a los cambios técnicos e innovaciones tecnológicas a los que la actividad de ATLANTISEGUR S.L. se vea sometida.
  • La asignación eficaz de funciones y responsabilidades en el ámbito de la seguridad.
  • La prevención de posibles defectos e incidentes de Seguridad de la Información antes de que ocurran, trabajando orientados hacia la “mejora continua” y la comunicación.
  • La evolución continua del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, con el fin de adecuarnos a las exigencias de nuestros clientes.
  • La concienciación y motivación del personal de ATLANTISEGUR S.L. sobre la importancia de la implantación y desarrollo de un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

La organización buscará constantemente oportunidades de mejora en el ámbito de la seguridad de la información. Para lograrlo, se llevarán a cabo las siguientes acciones:

  • Evaluación periódica de riesgos: Se realizarán evaluaciones periódicas de riesgos para identificar nuevas amenazas y vulnerabilidades, y se tomarán medidas para mitigar los riesgos identificados.
  • Actualización de políticas y procedimientos: Se revisarán regularmente las políticas y procedimientos de seguridad de la información para asegurarse de que sigan siendo relevantes y efectivos. Se implementarán las mejoras necesarias para fortalecer la protección de la información.
  • Monitoreo y detección de incidentes: Se establecerá un sistema de monitoreo y detección de incidentes de seguridad de la información para identificar y responder de manera oportuna a posibles violaciones de seguridad.
  • Capacitación y concienciación: Se brindará capacitación regular a los empleados sobre temas relacionados con la seguridad de la información, incluyendo buenas prácticas, políticas y procedimientos de seguridad. También se promoverá la concienciación sobre la importancia de la seguridad de la información en toda la organización.
  • Revisión y auditoría: Se realizarán revisiones y auditorías periódicas de los controles de seguridad de la información para garantizar su efectividad y cumplimiento. Se tomarán medidas correctivas en caso de desviaciones o incumplimientos.
  • Mejoras tecnológicas: Se considerarán y adoptarán nuevas tecnologías y soluciones de seguridad de la información que puedan mejorar la protección de los activos de información.

La dirección establece y revisa objetivos y metas, teniendo como marco de referencia la política definida, fijando las responsabilidades en su consecución y estableciendo criterios de actuación.

La dirección se compromete a la implantación, mantenimiento y mejora del SGSI dotándolo de aquellos medios y recursos que sean necesarios e instando a todo el personal para que asuma este compromiso.